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COMUNICADO Nº 120: RELEVAMIENTO DE SUPLENTES ADICIONAL

 
Secretarios y/o Directivos de todos los Servicios Educativos:
La Secretaría de Asuntos Docentes informa que, como resultado del Relevamiento de Suplentes solicitado a través del Comunicado Nº 113, se han evitado, en algunos casos, el pago incorrecto de sueldo a los docentes, pero en otros, por la omisión de la información solicitada, el Directivo y/o Secretario ha provocado la generación de una deuda, que el Suplente percibirá como descuento en sus haberes (Contralor trabajó con lo informado al 28 de octubre de 2011, fecha establecida como límite de entrega).
Esto está relacionado directamente con el Proyecto de Altas y Ceses. Parecería que algunas escuelas no tienen en claro cuál es la función de la SAD en este Proyecto, que comenzó el 26 de junio de 2011, luego de la capacitación realizada a los Secretarios de los establecimientos educativos. Las Altas y los Ceses de suplentes y provisionales se realizan en la SAD con las planillas de notificación que deben ser entregadas semanalmente en esta Secretaría. (Aún no se han podido cargar altas y/o ceses notificados oportunamente, a causa de datos erróneos emanados de las escuelas, que a pesar de los contínuos reclamos, no se acercan a realizar las rectificaciones pertinentes). Contralor (ubicado en calle 60 entre 10 y 11) NO realiza altas ni ceses, por más que el Secretario lo detalle en la planilla de Contralor respectiva.
No sería ético detallar la nómina de escuelas que no mandaron la información de referencia en tiempo y forma, como tampoco las que aún no lo hicieron. Pero la información elevada, sólo contó con el relevamiento del 50% de los docentes suplentes del distrito.
 Cada uno de los actores del sistema educativo debe hacerse cargo de su función. Sabemos que todos podemos cometer errores, pero debemos orientar nuestras acciones en su búsqueda, para solucionarlos.
En los Memos recibidos recientemente, Nº 159/11 y 160/11, la Dirección de Personal informa, por nuestro intermedio, a todos los docentes del distrito, que no puede responder sobre los montos de las deudas ni tiempos a saldar las mismas, ya que, sólo se harán responsables de los datos mal cargados por esa Dirección; y solicita, para corregir los errores y/u omisiones, las PLANILLAS DE CONTRALOR ADICIONALES RECTIFICATORIAS de todos los meses de la prestación del Agente en cuestión, cuando el cese fue dado por error, y el del mes correspondiente, en caso de omisión,  adjuntando también, la documentación que avale lo informado (causal de cese, fotocopia autenticada de la Designación dada por SAD, detalle de código de “movimiento” para los cambios de situación de revista) de todos los docentes suplentes enviados en el Comunicado Nº 113. (Aclaración: cuando el suplente pasó a provisional, no debió informarse cese sino movimiento)
Los Adicionales rectificatorios deberán presentarse en SAD I, indefectiblemente el día 12 de diciembre entre las 8:00 y las 16:00hs en la oficina de Altas y Ceses por triplicado (las probanzas sólo se incorporarán en una de las copias). La SAD deberá elevarlas al Consejo Escolar, luego de su control, ya que por única vez el Departamento de Contralor de la Dirección de Personal, realizará las adecuaciones pertinentes.

 

COMUNICADO Nº 119- SET 4 DE TITULARES INTERINOS

 

 

La Secretaría de Asuntos Docentes informa que se han recepcionado TODOS los set 4 de los Docentes Titulares Interinos, con datos erróneos y/o incompletos,.
Esa documentación es imprescindible para generar la resolución de titularización definitiva, en caso de corresponder.
Es responsabilidad del Docente completar el punto “II. INFORMACIÓN A CARGO DEL DOCENTE” con todos los datos que se solicitan (desde el punto 1 al punto 13), rayando los espacios que quedan en blanco; y del Director del establecimiento, el punto 14 y el “RESUMEN GENERAL DE LAS CALIFICACIONES DEL ITEM 2) OBTENIDAS”.
Esos errores y/u omisiones perjudican directamente al docente al detener la tramitación de la Resolución de convalidación de su titularidad.
Por lo expuesto se dan orientaciones para revisar lo elevado y realizar las correcciones respectivas, en caso de corresponder. Las mismas fueron consultadas con el Tribunal de Clasificación Central.
Considerando que la parte de calificación ha sido completada correctamente, porque es la que determina que el docente pueda ser incluído en las planillas preparatorias para el Acto de designación, los nuevos set 4 corregidos serán presentados en mano por el docente, el día del Acto Público, ya que son imprescindibles como documentación a elevar al Tribunal de Clasificación.
- Para ser calificado un titular interino, debe haber asistido cómo mínimo tres (3) meses corridos, o en su defecto, aplicar las consideraciones de la Resolución 7612/98 (en todos los demás casos se necesita sólo un mes).
-Los set 4 a entregar en la SAD I son dos (2) originales.
-Período a detallar: desde el 28 de febrero al 15 de diciembre.
-Las asistencias e inasistencias se cuentan a días corridos. Primero se debe completar las inasistencias discriminadas: “Por enfermedad”, “Por causas particulares”, “Por otras causas”, “Injustificadas”, y luego la “Suma” de todas ellas.
-Esa “Suma” es la que se coloca nuevamente en “Inasistencias”.
-Luego se colocará la asistencia que se calcula restando a los 291 días corridos del ciclo lectivo, las inasistencias detalladas.
Por lo expuesto, la suma de “Asistencia” más “Inasistencia” será de 291.
Esto es válido tanto para docentes con cargo como para docentes por módulos.

 

 

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