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Enfoques cooperativos; Hoy: Especialización Docente en Políticas Socioeducativas. De saberes excluidos y marginados.

Por José Yorg, el cooperario.


“En mi calidad de empleador y director hice todo lo que pude para aliviar los males de mis empleados; y sin embargo, a pesar de todo lo que hice, con nuestro sistema totalmente irracional de creación de riqueza, de formación del carácter y de organización de todas las actividades humanas, sólo pude aliviar un poco la miseria de su estado.”Robert Owen.
 
“El Estado que posea el mejor sistema nacional de educación será el mejor gobernado.” Robert Owen.
 
 
 
 
Estamos realizando un interesante curso semi-presencial  denominado “Especialización Docente en Políticas Socioeducativas” pos-título docente del Programa Nacional de Formación Permanente “Nuestra Escuela” creado por el Consejo Federal de Educación  del Ministerio de Educación de la Nación argentina, cuyo propósito es la formación  universal y gratuita de docentes en Argentina.
 
Rescatamos un párrafo de las consideraciones realizadas desde la Dirección nacional de Políticas Educativas sobre la cursada: “Esta formación se propone trazar puentes entre las trayectorias educativas y las trayectorias escolares que contribuyan a la igualdad  y la inclusión social. ¿Cuándo una política es socioeducativa? ¿Qué problemas y estrategias se abordan desde lo socioeducativo? ¿Cómo se produce la enseñanza y el aprendizaje en estos espacios? ¿Qué implica formar parte de un coro, jugar al ajedrez, hacer deportes o participar en un taller de plástica como parte de un programa socioeducativo? ¿Cómo se vinculan estos saberes con los escolares? Estos son solo algunos de los interrogantes que serán desarrollados en los diferentes módulos del pos-título”.
 
 
Tomamos entonces en nuestro pequeño análisis, claro que desde el enfoque cooperativo, es decir, desde los valores y principios que conforman el cuerpo doctrinario cooperativo universal, dos categorías referidas en el párrafo citado: la igualdad  y la inclusión social.
 
La primera aproximación es que se ha reconocido oficialmente que existen desigualdad y exclusión educativa. No entramos a juzgar  aquí  las causas, sólo valoramos ese comportamiento por ser muy válidos en el proceso de restauración de esas inequidades que son derechos consagrados en la constitución  nacional argentina: Derecho de aprender y enseñar.
 
Los debates que se suscitan en los Foros  establecidos en la Plataforma del Campus Virtual son muy sustanciosos y expresan diversas posturas de los/as cursantes al respecto, confluyendo en que debemos avanzar hacia el horizonte anhelado, contribuyendo a la igualdad  y la inclusión social.
 
Para el cooperativismo la educación es una cuestión  prioritaria, puesto que está consagrada como una regla de oro entre sus siete principios: Educación, formación e información.
 
Ahora, muchos docentes cooperativos aludimos que en realidad desde la cooperación, y ante el contexto actual de depredación de la naturaleza, motivación de lo individual, mezquindad y egoísmo, es necesario plantear el proceso enseñanza-aprendizaje como un proceso de re-educación, lugar donde el reto de adquirir capacidad de des-aprender esos subvalores, es vital.
 
Comprobamos también-como muchos pensadores-que se ha desatado una verdadera cacería contra contenidos o saberes que desde ciertos círculos de poder  alentaron está acción y podríamos hablar  entonces de “saberes excluidos y marginados.”
 
La exclusión y marginación de ciertos y determinados contenidos o saberes es antes que nada, un  producto de una decisión política de quienes tienen esa capacidad. Se anteponen a una democratización  plena de la educación.
 
El abordaje desde lo socio-educativo “que contribuyan  a la igualdad  y la inclusión sociales”, es una propuesta motivadora y movilizadora, sin dudas.
 
En cuanto al cooperativismo escolar y universitario: ¿Son saberes marginales y excluidos del sistema educativo argentino? Desde el campo normativo no lo son, categóricamente. Ahora, desde la efectiva  aplicación,  se observan nubarrones que oscurecen esas normativas.
 
Hemos hablado de decisiones políticas, y al respecto podemos rescatar aquí una muestra histórica muy valiosa para referenciar decisiones políticas estratégicas socio-educativas  preponderantes que resultan  del estudio de la política educativa peronista en el denominado Segundo Plan Quinquenal, pues evidencian que se otorgó una importancia significativa a las cooperativas escolares ya que y en razón a ello, se creó una Comisión en el año 1954,cuya función fue  la dirección superior de las actividades cooperativistas que se desarrollen en los establecimientos de enseñanza.
 
Actualmente la Ley de Educación  nacional argentina establece la educación cooperativa escolar en su artículo Nº 90 que a su vez reconoce a la Ley Nº 16.583, ésta declara el “alto interés nacional a la enseñanza de los principios del cooperativismo”.
 
Es necesario subrayar  la peculiar  Ley nacional  Nº 23.427, en razón a sus fines y propósitos, como así su origen que lo hacen especial, ya que constituyen  un Fondo para Educación y Promoción Cooperativa de carácter “específico y genuino.” Provienen de un impuesto que tributan  las propias cooperativas y no pueden ser utilizados más que para esos fines específicos fijados, a la cual todas las provincias argentinas han adherido legalmente y en consecuencia son coparticipes de esos fondos.
 
Lo hemos dicho mil veces y lo repetimos aquí y ahora mismo: el cooperativismo posee los mejores atributos pedagógicos y didácticos para contribuir al mejoramiento de la calidad educativa, la inclusión social y alcanzar rápidamente una igualdad educativa.
 
¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!
 

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