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Como todos los años, desde el Museo del Holocausto te invitamos a participar de la Jornada de Capacitación Docente, que tendrá lugar el lunes 31 de agosto de 8.30 a 18hs. en nuestra sede (Montevideo 919, CABA).

La misma es de carácter gratuito y este año la jornada se enmarca en el 70° aniversario de la liberación de Auschwitz y, renovando nuestro compromiso con la comunidad educativa, abordaremos contenidos vinculados a la vida en Europa y Argentina en la post guerra.

Las Jornadas de Capacitación Docente que organiza el Museo del Holocausto, tienen como objetivo brindar estrategias didácticas para la enseñanza de la Shoá. Para ello, se ofrecen conferencias a cargo de profesionales especializados en la materia y talleres que abordarán desde diferentes disciplinas la experiencia de enseñar el Holocausto en el aula.

Este año, la jornada cuenta con el auspicio de la Subsecretaria de DDHH y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la AMIA, el Programa Educación y Memoria  del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires y la DAIA.

Mirá el programa completo de la Jornada de Capacitación Docente 2015 haciendo click aquí

PARA INSCRIBIRTE, LLENÁ EL SIGUIENTE FORMULARIO:

http://www.museodelholocausto.org.ar/educacion/ciclo-de-cine/

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La Asamblea General de las Naciones Unidas decide que las Naciones Unidas designen el 27 de enero Día Internacional de Conmemoración en Memoria de las Víctimas del Holocausto.

Te invitamos a ver el video que preparamos para recordar esta fecha:

Texto completo de la Resolución aprobada por la Asamblea General

Resolución 60/7. Recordación del Holocausto

La Asamblea General,

Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, en que proclama que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin hacer distinción alguna por motivos de raza, religión o de ninguna otra índole,

Recordando el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se afirma que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona,

Recordando también el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, en los que se proclama que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión,

Teniendo presente que el principio en que se funda la Carta de las Naciones Unidas «de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra» atestigua el vínculo indisoluble que existe entre la Organización y la tragedia sin parangón de la segunda guerra mundial,

Recordando la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio3, que se aprobó para evitar que volvieran a repetirse genocidios como los cometidos por el régimen nazi,

Recordando también el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se afirma que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad,

Tomando nota de que en su sexagésimo período de sesiones se celebra el año en que se cumple el sexagésimo aniversario de la derrota del régimen nazi,

Recordando su vigésimo octavo período extraordinario de sesiones, un acontecimiento sin igual, que se celebró en conmemoración del sexagésimo aniversario de la liberación de los campos de concentración nazis,

Rindiendo homenaje al valor y a la entrega demostrados por los soldados que liberaron los campos de concentración,

Reafirmando que el Holocausto, que tuvo como resultado que un tercio del pueblo judío e innumerables miembros de otras minorías murieran asesinados, será siempre una advertencia para todo el mundo de los peligros del odio, el fanatismo, el racismo y los prejuicios,

1. Decide que las Naciones Unidas designen el 27 de enero Día Internacional de Conmemoración anual en memoria de las víctimas del Holocausto;

2. Insta a los Estados Miembros a que elaboren programas educativos que inculquen a las generaciones futuras las enseñanzas del Holocausto con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro y, en ese contexto, encomia al Grupo de Trabajo para la cooperación internacional en la enseñanza, recordación e investigación del Holocausto;

3. Rechaza toda negación, ya sea parcial o total, del Holocausto como hecho histórico;

4. Encomia a los Estados que han participado activamente en la preservación de los lugares que sirvieron de campos de exterminio, campos de concentración, campos de trabajo forzoso y cárceles nazis durante el Holocausto;

5. Condena sin reservas todas las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico o las creencias religiosas, dondequiera que tengan lugar;

6. Pide al Secretario General que establezca un programa de divulgación titulado “El Holocausto y las Naciones Unidas” y que adopte medidas para movilizar a la sociedad civil en pro de la recordación del Holocausto y la educación al respecto, con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro; que le informe sobre el establecimiento del programa en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de aprobación de la presente resolución; y que le informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la ejecución del programa.

42ª sesión plenaria 1° de noviembre de 2005

Fuente de la publicación: Museo del Holocausto de Buenos Aires

http://www.museodelholocausto.org.ar/2153-2/

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